Santo Domingo. Un tribunal de Barahona condenó a un año de prisión suspendida a Miscleidy Féliz Cuevas, acusada de incurrir en delitos electorales durante las elecciones presidenciales y congresuales celebradas el 19 de mayo de 2024.
La mujer fue condenada luego de admitir su responsabilidad mediante un procedimiento penal abreviado presentado por el Ministerio Público. De acuerdo con el expediente, Féliz Cuevas votó más de una vez en dos colegios electorales de la provincia Barahona mientras fungía como delegada política.
El caso fue conocido por el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Barahona, que homologó el contenido del acuerdo penal abreviado y suspendió la pena bajo reglas. Entre las condiciones impuestas figura que la condenada deberá residir en un lugar determinado durante el tiempo que dure la sanción.
La sentencia fue dictada por la participación de Féliz Cuevas como autora del hecho puesto a su cargo, cometido en perjuicio de la Junta Central Electoral (JCE) y del Estado dominicano, en violación al artículo 316-2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, núm. 20-23.
Sobre acusación
Según el expediente instrumentado por el Ministerio Público, la procesada votó en los colegios electorales 0108A y 0125, ambos localizados en la provincia Barahona.
El escrito de acuerdo penal abreviado fue presentado en el proceso por el actual procurador adjunto Iván Féliz Vargas, quien para entonces se desempeñaba como titular de la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales; el fiscal titular de Barahona, Wellington Matos Espinal, y la fiscalizadora de esa jurisdicción Sarah Ysabel Alcántara Sánchez.
Durante la litigación, la fiscalizadora Sarah Ysabel Alcántara Sánchez y la aspirante a fiscalizadora Marlene Andújar Montero, en representación del Ministerio Público, solicitaron al juez Daniel Emilio Medina Pimentel admitir el procedimiento penal abreviado, al considerar que fue interpuesto conforme a la ley y dentro del tiempo procesal oportuno.
El magistrado Medina Pimentel acogió la solicitud del Ministerio Público y ratificó los términos del acuerdo mediante la Resolución núm. 589-2026-SRES-0036, ordenando su tramitación a través del juez de Ejecución de la Pena.
De acuerdo con la decisión, si Féliz Cuevas incumple las disposiciones establecidas en el acuerdo, deberá cumplir la condena en un centro penitenciario.
Otras sanciones
El Ministerio Público recordó que en 2020 también obtuvo una sanción por delitos electorales, luego de la homologación de un acuerdo contra un joven de 33 años procesado por realizar actividades proselitistas frente a un centro electoral y dedicarse a la compra de votos durante las elecciones extraordinarias municipales celebradas el 15 de marzo de ese año.
En ese caso, ocurrido en un recinto del sector Hato Mayor, en la provincia Santiago, la sanción consistió en seis meses de prisión suspendida condicionalmente en su totalidad y el pago de una multa de un salario mínimo del sector público, por un monto de 10 mil pesos.
La suspensión de la pena estuvo condicionada al cumplimiento de reglas, entre ellas residir en domicilio fijo, abstenerse de visitar lugares de expendio de bebidas alcohólicas y donde se practiquen juegos de azar, no viajar al extranjero y no portar ni poseer armas blancas o de fuego.

