Santo Domingo. El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó la extinción de la acción penal y ordenó la continuación del juicio por corrupción administrativa que se sigue contra el exprocurador Jean Alain Rodríguez Sánchez y compartes.
El tribunal rechazó la solicitud de la extinción de la acción penal por vencimiento de plazo presentada por la defensa de Rodríguez Sánchez, quien es acusado de malversar más de RD$6,000 millones mediante procesos fraudulentos entre 2016 y 2020, años en que se desempeñó como procurador general de la República.
En la audiencia celebrada el pasado 30 de julio el Ministerio Público presentó una cronología de todo el proceso judicial que demuestra las tácticas dilatorias utilizadas por las defensas para retardar el proceso.
En la contrarréplica a la solicitud de extinción de la acción penal, el Ministerio Público, representado por el procurador adjunto Wilson Camacho y la procuradora de corte Mirna Ortiz, solicitó al tribunal que rechazara el incidente sin fundamento jurídico que habían planteado en audiencias anteriores y que presentó otra vez la defensa del exprocurador Jean Alain Rodríguez Sánchez.
El órgano acusador indicó que el exfuncionario presentó el incidente con el propósito de que el sistema de justicia lo favorezca con una declaratoria de extinción de la acción penal y le evite ir a juicio a responder por los hechos de corrupción que se le imputan.
El Segundo Tribunal Colegiado, integrado por las juezas Claribel Nivar, Clara Castillo y Yissell Soto, ordenó la continuación del juicio.
Apelarán decisión
La defensa del exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, anunció que apelará ante la Corte de Apelación la decisión del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que rechazó su solicitud de extinción de la acción penal en el caso Medusa.
Tras conocer el fallo, los abogados de Rodríguez insistieron en que el proceso lleva cerca de seis años y señalaron que las propias juezas reconocieron el tiempo transcurrido, aunque utilizaron el criterio de plazo razonable para sustentar su decisión.
La defensa cuestiona que, pese a reconocer la duración del proceso, el tribunal concluyera que no correspondía declarar extinguida la acción penal.
El planteamiento será llevado ahora ante la Corte, donde los abogados buscarán que se revise la decisión y se acoja su solicitud de poner fin al proceso por el tiempo transcurrido.
El tribunal había rechazado el incidente al considerar que la duración de un proceso penal no puede determinarse mediante un cálculo estrictamente matemático, sino que deben evaluarse las circunstancias particulares, las actuaciones de las partes y las razones de las dilaciones.
Las juezas también determinaron que no hubo negligencia atribuible al sistema de justicia que justificara declarar extinguida la acción penal.

